El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual se adapta al ordenamiento interno la Directiva comunitaria 2013/55/UE del 20 de noviembre de 2013, por la que se facilita la posibilidad de moverse, establecerse o ir temporalmente a ejercer una profesión a determinados países europeos.

El Gobierno ha comunicado al Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería Informática – CCII, su decisión de atender a los requerimientos realizados por los profesionales de la ingeniería informática, incidiendo en la necesidad de equiparar la Ingeniería en Informática y la Ingeniería Técnica en Informática al resto de ingenierías. Las instancias pertinentes del Gobierno han solicitado formalmente la inclusión de estas dos profesiones como profesiones reguladas en el Anexo VIII del Real Decreto de Cualificaciones Profesionales (Relación de profesiones y actividades reguladas en España).

Se establece la creación de una Comisión Interministerial a la que se le encarga, formalmente, la revisión de la lista de profesiones reguladas:

“Se prevé la creación de una Comisión Interministerial a la que se le encargue, formalmente, la revisión de la lista de profesiones reguladas, que iniciará el proceso de revisión de los Anexos que las mencionan en el Real Decreto, y cuyo resultado final será comunicado a la Comisión Europea en el marco del ejercicio de transparencia y coordinación que prevé la citada Directiva comunitaria de 2013.”

Próximamente se emitirá una valoración por parte de la comisión permanente de CCII, CONCITI, RITSI y CODDII para realizar un seguimiento de todas las acciones en pro del reconocimiento profesional y académico de la Ingeniería Informática.

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